- Denuncia Colegio de Periodistas de Chile.
- Los integrantes de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín (UDI) y Alberto Espina (RN) propusieron una indicación en el marco de la Ley Corta Antidelincuencia, que obliga a todas las personas a entregar material gráfico y audiovisual (junto a todo antecedente) para las investigaciones policiales de infracciones y delitos.
- Su propuesta se votaría este martes.
Comisión de Constitución del Senado. |
Como “un paso en contra de los derechos de la
ciudadanía y del ejercicio del periodismo” calificaron en el Colegio de
Periodistas la indicación que los senadores Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín
(UDI) y Alberto Espina (RN) presentaron en la Comisión de Constitución de la
Cámara Alta en el marco de la tramitación de la Agenda Corta Antidelincuencia
que “facilita
la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo,
hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos”. En su propuesta se establece que toda
persona natural y jurídica “que tenga
información o antecedentes que permitan identificar a los responsables de una
infracción o delito que se haya producido con motivo u ocasión de la
realización de un crimen o simple delito, tales como grabaciones o fotografías,
deberá entregarla, a la mayor brevedad, a las policías o Ministerio Público,
cuando les serán requeridos por éstos”.
Agrega que “el requerimiento de información y
antecedentes efectuados por las policías podrá realizarse en el marco de las
primeras diligencias practicadas por aquellas y, en todo caso necesitará instrucción
previa del fiscal competente, la que se podrá otorgar por cualquier medio y de
la manera más expedita posible”.
De negarse en forma injustificada a la entrega, “se castigará con la pena señalada para el delito establecido en el
articulo 269 bis del Código Penal”.
Se ha
informado que este martes se votaría la indicación en la Comisión de
Constitución de la Cámara Alta.
Integran además dicha instancia los senadores Alfonso de Urresti (PS) y
Pedro Araya (independiente).
Conocida la propuesta
la mesa directiva del colegio, presidida por Javiera Olivares e integrada por
Patricio Martínez, Patricio Segura, Vanessa Sabioncello, Héctor Cárcamo e Igor
Mora, llamó a los legisladores a retirar esta indicación, ya que en su opinión involucra
demasiados aspectos que serían perjudiciales para el derecho a la libertad de
expresión y la garantía de acceso a la información de la ciudadanía.
En este
sentido, el abogado de la orden profesional Luis Cuello explicó que “aunque por el principio de la especialidad
de la ley, donde una norma que regula una actividad específica está por sobre
una ley general, el secreto de la fuente establecido en la Ley de Prensa
tendría primacía sobre la nueva norma, podría ser malinterpretada por los
órganos persecutores y complicar el trabajo periodístico e informativo,
exponiendo a las fuentes a su identificación por parte de terceros”. Agregó que “pero más allá de eso, la indicación sigue siendo lesiva con relación a
los derechos de los ciudadanos en general”.
La Ley de Prensa
establece en su artículo séptimo que “los
directores, editores de medios de comunicación social, las personas a quienes
se refieren los artículos 5° y 6° y los corresponsales extranjeros que ejerzan
su actividad en el país, tendrán derecho a mantener reserva sobre su fuente
informativa, la que se extenderá a los elementos que obren en su poder y que
permitan identificarla y no podrán ser obligados a revelarla ni aun
judicialmente”.
Ante esto en
la mesa directiva puntualizaron que “aunque
entendemos que la Ley de Prensa tiene una jerarquía superior, de todas formas
sometería a los trabajadores de la comunicación al rechazo, e incluso violencia,
cuando cubran situaciones de alta complejidad, ya que podrían ser vistos como una
especie de agentes encubiertos o colaboradores de la justicia, como han
denunciado en las organizaciones de reporteros gráficos. En concreto, pone en
riesgo un derecho ganado hace muchos años por los periodistas y quienes se
desempeñan en el sistema informativo”.
Todo esto, “redundaría
en la autocensura, el evitar registrar hechos de alto impacto informativo por
las represalias en esta acción. Y,
por último, como está redactada la indicación permitiría a las policías
requisar el material, ya que no habla de copia sino de antecedentes. Y esa es una atribución administrativa
que vulnera los derechos ciudadanos e, incluso, se podría decir que el derecho
de propiedad por lo cual tendría vicios de inconstitucionalidad”.
Por último,
plantearon, que “en concreto se expondría
a la ciudadanía y a los periodistas a un control discrecional y exacerbado de
parte de las fuerzas policiales, avanzando a una especie de Estado policial, lo
cual amedrenta la libre acción en el espacio público” indicaron.
Contradicción de Harboe
En forma
especial, llamaron al senador Felipe
Harboe a ser coherente con lo que expresara en una entrevista en CNN Chile
del 6 de agosto de 2013 en su calidad de diputado y ex subsecretario del
Interior, cuando en un debate con su colega Alberto Cardemil sobre la criticada
Ley Hinzpeter cuestionó este tipo de medidas. “El orden público es
eminentemente una función política donde el arte de gobernar, el arte de llegar
a acuerdos, evitar incidentes…. Yo le voy a contar lo siguiente: no hubo caso
que el ministro Hinzpeter flexibilizara su posición en un proyecto que le
permitía a carabineros requisar el material de los periodistas y de los
fotógrafos” señaló en son de crítica.
En este
sentido alertaron sobre el artículo 3 bis que ya
fue aprobado en el marco de la Ley de Violencia en los Estadios, promulgada en
junio del año pasado, donde se aprobó una propuesta similar pero acotada a
actos deportivos.
“Esta ofensiva de los parlamentarios de
restringir los derechos ciudadanos, de libertades de expresión y de prensa,
además de acceso a la información, de personas que no han cometido infracción o
delito alguno, es algo que no se corresponde con el Estado democrático que se
supone es nuestro país” concluyeron.