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Llamado a la Observancia Ética


By webmaster - Posted on 28 Enero 2010

 
Estimados colegas:
 
El Tribunal Nacional de Ética y Disciplina del Colegio de Periodistas de Chile ha recibido en el último tiempo información diversa que revela la angustiante situación que viven colegas que trabajan en la administración pública, y que ven seriamente amenazada su fuente laboral, como una consecuencia del cambio de autoridades de gobierno.
 

 
En las distintas regiones del país, un número importante de periodistas trabaja en las distintas reparticiones del Estado, pero sólo una pequeña minoría pertenece a las plantas de dichas instituciones. La inmensa mayoría se desempeña con contratos precarios o bajo el sistema de honorarios, calidad contractual de alta fragilidad y hace vulnerable la estabilidad laboral.
 
Esta preocupante situación se agrava con una visión errada que algunos sectores han intentado imponer ante la sociedad respecto de la función que desempeñan, y deben desempeñar, los periodistas que trabajan en el aparato del Estado.
 
En los últimos días han circulado declaraciones, en niveles medios de los partidos que asumirán el nuevo gobierno, que han señalado su propósito de reemplazar- no sólo a las autoridades y jefes de servicio que deben ser de exclusiva confianza de quienes asumen el poder- sino también a una gran cantidad de funcionarios, entre ellos los periodistas, al considerar a estos, en forma generalizada, como “operadores políticos”, lo que no corresponde a la realidad.
 
Por todo lo anterior, se advierte la necesidad de un pronunciamiento anticipado de este tribunal, respecto de conductas reñidas con las normas éticas que rigen nuestra profesión, y en virtud del artículo 76 del Estatuto de la Orden,  que faculta al TRINED para “aclarar y/o emitir dictamen sobre aspectos disciplinarios o éticos en general”, este Tribunal señala a lo siguiente:
 
1.- Que el Código de Ética de los periodistas señala en su artículo Undécimo, que “el periodista debe prestar solidaridad activa a los colegas que sufran persecuciones o agresiones por causa de su ejercicio profesional, como asimismo a aquellos que sean juzgados en virtud de disposiciones legales que el Colegio estime lesivas a la libertad de expresión”.
 
Sin embargo, el TRINED ha recibido información respecto a que algunos periodistas estarían iniciando acciones de desprestigio o de calificación política sin fundamento, en contra de colegas que laboran en el sector público con el claro afán de arrebatarles su fuente laboral.
 
Esta actitud infringe claramente la normativa ética y no es, ni ha sido jamás, característica de la conducta de los periodistas de Chile.
 
En efecto, el artículo Decimocuarto de nuestro Código de Ética señala que “al periodista le está vedado denigrar a otros periodistas, ya sea por la vía de la descalificación personal o a través de otra conducta, como la injuria o la calumnia, que lleve un descrédito profesional o personal no merecido”.
 
Añade la norma que “los periodistas que ejercen labores en un medio de comunicación, gabinete de comunicación institucional, carreras de formación periodística, u otro espacio laboral, deberán respeto a la dignidad de sus colegas y subalternos”
 
También establece en su artículo Decimoquinto que “si un periodista tuviese fundados reparos o dudas respecto del proceder ético de algún colega, debe poner los antecedentes en conocimiento de las autoridades nacionales o regionales de la Orden, las que derivarán el caso de acuerdo con los procedimientos vigentes. Toda publicidad intencionada de la denuncia, hecha con anterioridad a la emisión del fallo por parte de los organismos competentes, será considerada como falta”.
 
2.- Que la  ética —señala nuestro código— proporciona un marco de trabajo para dirigir las funciones esenciales de los periodistas, establecer políticas y desarrollar estrategias para velar por el correcto ejercicio profesional.
 
Quienes ejercen el periodismo son importantes agentes socializadores. Tienen influencia en la formación de valores, creencias, hábitos, opinión y conductas de los distintos estamentos de la sociedad.
 
En tal sentido, y ante el eventual reemplazo de periodistas en el aparato estatal, el TRINED recuerda a los profesionales de la Orden que el artículo Decimosexto de nuestro Código señala que “los profesionales de la Orden velarán porque todas las funciones periodísticas, incluidas la definición de políticas informativas, sean realizadas por periodistas”.
 
3.- Que el presente comunicado tiene carácter de preventivo, pero que frente a actuaciones concretas de trasgresión ética, el Consejo Nacional, los Consejos Regionales y Tribunales Regional de Ética y Disciplina, TRED, del Colegio de Periodistas de Chile, podrán iniciar sumarios sin necesidad de denuncia, en virtud del Artículo 6, letra C del Reglamento para la Instrucción de Sumarios Éticos y Disciplinarios de la Orden.
 
4.- Que dentro de los principios éticos que deben ser observados, resulta oportuno recordar el Vigésimo quinto de nuestro  código. Esta norma establece que “el periodista resguardará el derecho de la sociedad a tener acceso a una información veraz, plural, responsable y oportuna”.
 
 
 
 
 
Audénico Barría Navarro        María E. Hermosilla Pacheco            
         Presidente                               Secretaria
 
 
TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA Y DISCIPLINA
COLEGIO DE PÈRIODISTAS DE CHILE
 
 
 
Santiago, Enero de 2010.